sábado, 11 de marzo de 2017

SOCIEDAD Y JUSTICIA. LOS DERECHOS HUMANOS

1-. DERECHO, MORAL Y JUSTICIA.

La convivencia social requiere de código de conducta y reglas de comportamiento que organicen nuestra vida en común. Sin embargo, no todas estas reglas son iguales: unas están basadas en las leyes y otras se fundamentan en la moral.

  • Las leyes están formadas por normas externas, que han sido establecidas por la autoridad y todos tenemos obligación de cumplir. Su desobediencia conlleva un castigo. La legislación sería el conjunto de leyes escritas promulgadas por el gobierno: constituyen el derecho positivo. Tienen un carácter heterónomo.

  • La moral está formada por leyes internas, dependen de nuestra conciencia personal, no siempre son compartidas por los demás. Nadie va a castigarte pero puedes arrepentirte y sentir remordimiento. Tienen un carácter autónomo.
"Es más deseable cultivar el respeto al bien que el respeto a la ley"- H.D. Thoreau.

LA LEY Y LA MORAL NO SIEMPRE COINCIDEN.

Se puede dar un conflicto entre las normas morales y la ley y los deberes cívicos. Puede darse el caso de un comportamiento que nos parezca normalmente correcto y este castigo por la ley. En estos casos las normas legales impiden desarrollar comportamientos que sentimos como válidos. El conflicto también puede darse cuenta cuando la ley permite conductas moralmente inaceptables.
En ocasiones la ley puede entrar en conflicto con la moral. Para saber cómo actuar en estos casos debemos recordar la obligación que respetar siempre a dignidad y os derechos de todas las personas.

OBJECIÓN DE CONCIENCIA Y DESOBEDIENCIA CIVIL.

  • La objeción de conciencia es una forma de manifestar nuestro desacuerdo ante las leyes que nos parecen injustas. El objetar de conciencia es una persona que se niega abiertamente a obedecer una norma legal porque le parece arbitraria a sus convicciones morales más profundas.

  • La desobediencia civil es una manera de protestar ante la imposición de normas, se trata de negarse a acatar las órdenes legales que le parecen injustas aceptando pacíficamente la sanción correspondiente. Supone asumir sin violencia el castigo que las autoridades impongan por desobedecer la ley.
2-. LA JUSTICIA COMO EQUIDAD.

·RAWLS: teoría sobre la justicia.
Este propone un experimento imaginario dirigido a todas las personas que conviven en sociedad y de ponerse de acuerdo en la construcción de normas: el experimento haría que una máquina prodigiosa desintegrara a las personas que pasaran por ella y las reintegrara con otra vida y otro cuerpo.
Esta máquina serviría para garantizar la justicia de las normas sociales. Las reglas de convivencia deberían establecerse con el acuerdo y diálogo entre todos pero después las persona deberían pasar por la máquina, así nadie sabría cuál es su posición o situación que se encontraría en esa nueva sociedad.
Según Rawls, solo actuando de manera bajo un "velo de ignorancia" seríamos capaces de garantizar la equidad de nuestras leyes, promoviendo así la justicia. La justicia como equidad según Rawls hace compatibles dos principios:

      ·DIFERENCIA: todo preferente a los desfavorecidos para restablecer la igualdad.

      ·IGUALDAD: todos deben tener las mismas oportunidades y gozar de las mismas libertades.


3-. VALORES PARA UN MUNDO GLOBALIZADO.

1-. DIGNIDAD- D.D.H.H. (KANT)

Lo que nos diferencia a las personas de los objetos es precisamente el concepto de dignidad, las personas son únicas e irrepetibles, es decir, no tiene precio frente al objeto. Pero les debemos dotar a las personas, de aprecio, estima, respeto y eso debe ser el fundamento de cualquier legislación y por tanto, de los derechos humanos. Se va a ver reflejado en 3 términos claves:
  • LIBERTAD: todos los seres humanos nacen libres, nadie tiene derecho a arrebatarnos esa libertad y es lo que debe garantizar la protección jurídica.
  • IGUALDAD: nadie debe ser discriminado por ningún motivo y nadie puede reclamar un trato diferente.
  • SOLIDARIDAD: si todos somos iguales y tenemos razón y las mismas condiciones, nos debemos respeto los unos con los otros. Debemos evitar cuañquier acto que se considere inhumano.

2-. DERECHOS DE INDIVIDUO FRENTE AL ESTADO (AMÉRICA LATINA).

-Uruguay: 1917                       -Haití: 1950                           -El Salvador: 1939
-Ecuador: 1967                       -Paraguay: 1961                    -República Dominicana: 1942
-Puerto Rico: 1935                   -Guatemala: 1965                -Argentina: 1947
-Brasil: 1934                             -México: 1953                      -Costa Rica: 1949
-Panamá: 1946                         -Colombia: 1954                   -Perú: 1955
-Venezuela: 1947                      -Cuba: 1934                         -Honduras: 1955
-Bolivia: 1952                            -Chile: 1935/1949                -Nicaragua: 1955





























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